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Sanciones

La normativa vigente establece las siguientes clases de infracciones:

  • Infracciones muy graves.

  • Infracciones graves.

  • Infracciones leves.

Así, en función de la clase de infracción cometida, se establecen las siguientes sanciones, tanto para la Entidad sujeto obligado como para la Dirección.

En el caso de la Entidad, sanciones por la comisión de infracciones muy graves, graves y leves. En el caso de la Dirección, sanciones por la comisión de infracciones muy graves y graves. Estas infracciones pueden llegar a suponer sanciones con cuantiosas multas e incluso la revocación administrativa para la realización de la actividad, y/o la separación del cargo e inhabilitación por un periodo de hasta 10 años, para la Dirección.

Amonestación privada
Multa hasta 60.000 €

Entidad

Amonestación pública
Amonestación privada
Multa:

  • Mínima: 60.001€
  • Máxima: la mayor de las siguientes cifras:
    • 1% de los recursos de la entidad
    • El monto de la operación más un 50%
    • 150.000€

Dirección

Amonestación pública
Amonestación privada
Suspensión temporal en el cargo de hasta un año
Multa:
• Mínima: 3.000€
• Máxima: 60.000€

Entidad

Amonestación pública.
Multa:

  • Mínima: 150.000€
  • Máxima: la mayor de las siguientes cifras:
    • 5% de los recursos de la entidad
    • El doble de la operación
    • 150.0000€
    • Revocación de la autorización administrativa para operar

Dirección

Separación del cargo con inhabilitación en la misma entidad de hasta 10 años.
Separación del cargo con inhabilitación en otra entidad sujeta a esta Ley de hasta 10 años.
Multa:
• Mínima: 60.000€
• Máxima: 600.000€

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